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#TeExplicamos | Las novedades de la reforma parcial de la Ley Orgánica de Hidrocarburos

Prensa vozhispanamundial by Prensa vozhispanamundial
enero 30, 2026
in Economía, Ley de Hidrocarburos, Pdvsa, Petróleo venezolano, Relación EEUU Venezuela
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La Asamblea Nacional aprobó en segunda discusión este 29 de enero la reforma parcial de la Ley Orgánica de Hidrocarburos. Con ello, se abre nuevamente la industria para el capital privado, tanto nacional como internacional, después de 20 años de fuerte control estatal sobre las actividades primarias y de empresas mixtas que luego derivaron en numerosos escándalos de corrupción, así como controversias por las expropiaciones a las empresas extranjeras que operaban en el país.

Esta reforma se produce en un contexto muy específico de acercamiento entre Estados Unidos y Venezuela tras la captura de Nicolás Maduro, y en el que la administración de Donald Trump emprendió un plan para invertir en los campos petroleros venezolanos y comercializar su producción en los mercados internacionales a través de empresas privadas. La ley, aunque mantiene su carácter estatista, parece abrir las puertas para que estos planes se lleven a cabo.

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La reforma no solo deroga la versión de la ley creada por Hugo Chávez en 2006, sino que incluso retoma ideas que no se veían en la industria petrolera desde su nacionalización en 1976. Por ejemplo, el rol de las empresas privadas en acciones de exploración, extracción y comercialización de crudo venezolano, aunque bajo supervisión del Estado y sin perder la soberanía sobre sus yacimientos.

¿Cuáles son las novedades de la ley?

El cambio empieza desde el su propio artículo 1, en el cual toda la actividad petrolera ahora se realiza “bajo los principios de soberanía energética, dominio público del recurso, maximización progresiva de la renta, seguridad jurídica, transparencia contractual, protección ambiental y adecuación a la transición energética”. También incorpora en su artículo 8 la figura del arbitraje independiente y la mediación como mecanismos para dirimir controversias.

Sin embargo, lo más importante es la incorporación de actores privados por primera vez en 50 años en actividades de explotación y comercialización de crudo bajo la supervisión del Estado. Esto queda latente en el artículo 22, que ahora pasa a ser el 23, y que incluye a empresas domiciliadas en Venezuela “en el marco de contratos suscritos con empresas de exclusiva propiedad de la República o sus filiales”, que son llamadas en la ley como operadoras.

A estas empresas operadoras se les podrá transferir el derecho al ejercicio de las actividades primarias, algo que la ley de 2006 reservaba exclusivamente como una potestad del Estado. Esto incluye también la transferencia de bienes muebles o inmuebles del Estado para el ejercicio de estas actividades, lo que supondría también un control de privados sobre equipos e infraestructuras antes administradas por la empresa estatal Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), incluyendo campos de extracción.

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Foto: EFE

Aun así, el artículo 25 (antes 24) deja en claro que el Ejecutivo nacional se reserva la potestad para revocar estos derechos cuando perciba un incumplimiento de sus deberes por parte de los operadores.

Empresas mixtas

Uno de los puntos más polémicos que dejó en su momento la Ley de Hidrocarburos de 2006 fue que reducía la participación de las empresas privadas que para ese momento tenían contratos con el Estado solo a socios minoritarios en empresas mixtas. El Estado mantenía el 55 % de participación en estas empresas mixtas, de las cuales muchas posteriormente fueron objeto de escándalos de corrupción por el otorgamiento discrecional e irregular de esas participaciones a países como China o Bielorrusia.

Ahora, dentro de los requisitos y condiciones para constituir una empresa mixta, se establece en su artículo 34 una duración máxima de 25 años, prorrogable por periodo no mayor de 15 años. Igualmente, aunque se mantiene el mismo porcentaje de participación Estado-privado, ahora los accionistas minoritarios podrán tener un mayor rango de acción dentro de la empresa. Estas podrán ejercer “la gestión técnica y operativa de la sociedad directamente o mediante un prestador de servicios petroleros especializado”.

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Foto: EFE

Entre las nuevas acciones que los accionistas minoritarios podrán hacer, está el comercializar la producción de la empresa de forma total o parcial, siempre que sea un precio más atractivo que el negociado por el Estado. También podrá abrir cuentas bancarias “en cualquier moneda y jurisdicción” para el uso y administración de sus fondos.

Esto resulta bastante relevante, pues recientemente Estados Unidos abrió en el Banco Nacional de Catar una cuenta en la que depositó 500 millones de dólares producto de sus primeras ventas de crudo venezolano. Este dinero luego fue ingresado al país a través de asignaciones a bancos privados venezolanos para su subasta a empresas de sectores claves. 

Contratos

Sin embargo, el sector privado ya no dependerá únicamente de las empresas mixtas para realizar actividades dentro de la industria petrolera. La reforma introduce en su Capítulo III, referente al Ejercicio de actividades primarias, una cuarta sección De los contratos para el desarrollo de actividades primarias. Aquí se formaliza la figura de los Contratos de Participación Productiva (CPP), creados en la Ley Antibloqueo de 2020 por la asamblea nacional constituyente (ANC).

De hecho, Delcy Rodríguez señaló que esta ley sirvió como base para la reforma a la Ley de Hidrocarburos, ya que permitió que empresas como Chevron pudieran en su momento producir y comercializar petróleo venezolano en medio de las sanciones impuestas a PDVSA por Estados Unidos. De este modo, el artículo 40 aclara que si bien el Estado seguirá teniendo el control de los yacimientos de hidrocarburos del país, podrá suscribir contratos con operadoras que “asumirán la gestión integral del ejercicio de las actividades, a su exclusivo costo, cuenta y riesgo”.

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Foto: EFE

Estas operadoras tendrán también capacidad de comercializar petróleo y el Estado podrá arrendarles áreas delimitadas de producción, así como otros activos y materiales, a cambio del pago de un canon fijado por el contrato. Igualmente, en retribución por sus servicios, las operadoras podrán tener una  “participación porcentual sobre los volúmenes de hidrocarburos fiscalizados”.

La incorporación de operadoras privadas a través de contratos también genera otra novedad para esta ley, que es el pago de un impuesto de extracción, equivalente a un tercio del valor de todos los hidrocarburos líquidos extraídos de cualquier yacimiento y que se cancelará junto con las regalías. El mismo numeral 4 del ahora artículo 58 contempla diferentes deducibles y exoneraciones de este impuestos para los casos correspondientes.

Regalías

En la ley de 2006, se establecía en el artículo 44 que el Estado tiene derecho al 30 % de participación del volumen de hidrocarburos extraídos de un yacimiento en términos de regalías. En la reforma aprobada por la AN, originalmente se consideró rebajar este porcentaje a entre 15 % y 20 %, sin embargo, tras las consultas correspondientes en su debate se acordó mantener el porcentaje de 30 % que ya tenía la ley.

#TeExplicamos | Las novedades de la reforma parcial de la Ley Orgánica de Hidrocarburos
Foto: EFE/ Miguel Gutiérrez

Igualmente, se conserva de la ley anterior la potestad para reducir la regalía a 20 % en caso de que se demuestre que la explotación del yacimiento no es económicamente rentable bajo el régimen de regalías habitual. Sin embargo, ahora le otorga ese porcentaje a los operadores privados, mientras que las empresas mixtas pueden reducir un descuento de hasta el 15 % para esos casos.

Aun así, en el artículo 38 de la reforma se incluye también en el caso de las empresas mixtas: “En los instrumentos mediante los cuales se otorgue el derecho a realizar las actividades, se podrán establecer ventajas especiales para la República, tales como el aumento de la regalía, de las contribuciones, u otras contraprestaciones previstas en esta Ley, incluyendo una contraprestación económica a la República por el acceso a las reservas de hidrocarburos”.

Ley Orgánica de Hidrocarburos
Foto: referencial/archivo

Además, el Estado permite el empleo o cesión de nuevas tecnologías que los accionistas minoritarios incorporen a las empresas mixtas, así como la capacidad de brindar oportunidades de entrenamiento técnico o becas al capital humano venezolano que participe en ellas. 

En este sentido, la nueva reforma petrolera impulsada por el gobierno encargado de Delcy Rodríguez restablece el papel de la empresa privada dentro de la industria petrolera en un momento en que la Casa Blanca negocia inversiones de las grandes corporaciones petroleras en Venezuela. Esa sincronización en sus acciones permitirá revertir la caída en la producción petrolera del país ocurrida justamente a partir de la promulgación de la Ley de 2006, y que llevó a PDVSA de exportar alrededor de 3 millones de barriles diarios en 1998, a solo 1 millón en 2019, antes de las sanciones.

La entrada #TeExplicamos | Las novedades de la reforma parcial de la Ley Orgánica de Hidrocarburos se publicó primero en El Diario Venezuela – elDiario.com.

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